Mexicano de segunda??

estdl.rio

New Member
Hola, pues como ya he dicho en otro Post, soy mexicano de nacimiento (nacido en México, de padres mexicanos nacidos en México, y la mayor parte de mi vida he vivido en México) pero tengo también la nacionalidad española.

Mi pregunta es puedo trabajar en aerolínea mexicana? Por que he leido por ahí que a los que tenemos doble nacionalidad se nos considera Mexicanos de segunda. Gracias y saludos.
 

Jorge Martinez

Administrator
En teoría no hay impedimento. Pero puede haber el malora en algún trámite q salga con que eres también español y te la haga de pex. Así que simplemente no digas que también eres español y listo. Mientras no te pregunten por escrito en algún trámite oficial que digas, bajo protesta de decir verdad, si tienea alguna otra nacionalidad, no estás obligado a revelarla.

Suena duro, pero ni estás mintiendo ni te pones de pechito a que alguien quiera aprovecharse. Conozco 3 pilotos en tu misma situación (uno con pasaporte gringo, 2 con español) y simplemente se quedan callados.
 

Dream Liner

Well-Known Member
La doble nacionalidad es reconocida inclusive por el gobierno mexicano y de acuerdo a la ley ya ni siquiera tienes que hacer aviso oficial pues ya no se pierde la nacionalidad mexicana al aceptar la de otro país.
Si el requisito es tener la nacionalidad mexiccana, tu lo cumples y se acabó.

Saludos

Dream Liner 7E7
 

estdl.rio

New Member
Pero si mi inteción era el ir a España a estudiar la carrera de piloto y regresar a México a convalidar, pues lo mas lógico es que me pregunten si tengo doble nacionalidad. Si digo que no puede que me vaya mal, no?
Pero si ustedes me dicen que oficialmente no tendría que haber problema....tengo a la Ley de mi lado no???
Ahora resulta que tendre que estudiar aca en Mex? Que mal que en mi propio país me puedan hacer eso. Gracias por sus respuestas
 

estdl.rio

New Member
Pues pregunte en el Colegio de Pilotos y esto fue lo que me respondieron:
RESPECTO A LO COMENTADO EN TU CORREO LA LEY ES MUY CLARA EN EL MISMO REGLAMENTO DE LICENCIAS DICE EN EL ART. 23 APARTADO III Q NO SE PUEDE ADQUIRIR OTRA NACIONALIDAD .


Artículo 23.- El interesado en obtener cualquiera de los permisos a que se refiere el artículo anterior deberá presentar ante la Autoridad Aeronáutica lo siguiente:

III. Documento con el que acredite ser mexicano por nacimiento, manifestando bajo protesta de decir verdad que no ha adquirido otra nacionalidad, excepto en los casos en que el presente Reglamento no lo requiera, en cuyo caso, deberá acreditar su legal estancia en el país de acuerdo con la ley en la materia;
 

Manual FLEX

Active Member
Como dijo Jorge, mejor no decir que tienes doble nacionalidad y ya. Hay cientos de pilotos comerciales en Mexico con doble nacionalidad.

El reglamento es estupido y retrograda, asi como la mentalidad de las personnas que piensen que los extranjeros no deban adquirir una licencia de piloto comercial o cualquier otro documento que permita ejercer una labor. Eso solo expone inferioridad.

Ademas, las "autoridades" incompetentes jamas podran descubrir que uno tiene doble nacionalidad.

Estudia en España. El nivel de capacitacion y los estandares europeos son los mejores del mundo.

Saludos!
 

Capi Diaz

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La leycada quien la entiende como quiere. Ahi mismo dice expeto cuando este reglamento no lo requiera.

Yo no veo ningun problema poreso.
 

bleuprofond

Well-Known Member
Dream Liner... en relacion a lo que mencionas y el compañero estdl.rio expone creo que el problema surge por una no adecuacion de este reglamento a reformas de ley; espero encontrar la forma de poder expresar con claridad lo que pienso al leer este tema del foro.


Haces mencion sobre la no perdida de la nacionalidad mexicana cuando se acepta la de otra nacion. No se si estoy mal o entiendo de esta forma equivocadamente el concepto; hace tiempo segun yo cuando como mexicano aceptabas otra nacionalidad con ese hecho perdias la mexicana.

A partir de que fecha, suceso, decreto, ley o reforma de ley.. etc (no se que mas terminos podria utilizar).. dejo de perderse la nacionalidad mexicana por aceptar otra? Por lo visto dicha ley lo que busca ahora con la no perdida de nacionalidad es proteger la mexicana y no precisamente es su objetivo facilitar la doble nacionalidad, es decir; antepone la nacionalidad mexicana al no perderse.

No se si me logre dar a entender.. consulte la pagina del Colegio de Pilotos Aviadores de Mexico AC y observando la fecha de publicacion de dicho reglamento en el Diario Oficial de la Federacion es del 24 de Junio de 2004, la Ley de Nacionalidad se publico con fecha 23 de Enero de 1998. El Decreto de Reformas a la Constitucion es de fecha 5 de Diciembre de 1996 que afecta la Ley de Nacionalidad.

El reglamento de licencias se publico despues de esta nueva situacion y jamas de adecuo al cambio en esta ley?


Quiero pensar (no soy experto en la materia) que podria darse una reforma de ley en cuanto a la Ley de Nacionalidad y fue antes cuando se publico dicho reglamento por lo cual lo que cita el compañero respecto al Art. 23 ya es algo que visiblemente queda en desuso o ambiguo.


De acuerdo a la Ley de Nacionalidad (y copio textualmente)...

"Se beneficiarán de la doble nacionalidad:
  • 1. Todos los mexicanos por nacimiento que adquirieron una nacionalidad extranjera antes del 20 de marzo de 1998, lo que implicaba una falta que causaba la pérdida de la nacionalidad mexicana.

    2. Todos los mexicanos por nacimiento que tengan derecho a otra nacionalidad y la adquieran después del 20 de marzo de 1998."
Es hasta cierto punto algo asi como la clasica de "que fue primero.. el huevo o la gallina?"


Para estos efectos que tiene mayor validez juridica? Quiero entender que el reglamento ya que esta desarrollado y publicado para los fines relacionados a la aviacion.

No soy abogado ni experto en esta area. Creen en un caso extremo que cabria la posibilidad de que exista una jurisprudencia al respecto mediante la cual pudiera "atacarse" por decirlo de una manera la seccion III del Art. 23 del Reglamento de Licencias?

O tal como dice Jorge Martinez sobre no exponer que tienes doble nacionalidad.. se incurriria en falsedad de declaraciones ante una autoridad al quedarse callado respecto al tener otra nacionalidad aceptada?


De acuerdo a lo que investigue y cito textualmente..
"La Camara de Senadores de los Estados Unidos Mexicanos aprobo por concenso, el dia 5 de Diciembre de 1996, el Decreto de Reformas a los Art. 30, 32 y 37 de nuestra Constitucion Politica, con el objeto de plasmar, a nivel constitucional, el reconocimiento de la "doble nacionalidad.

Este decreto aprobado, y que entrara en vigor a fines de este año, va a obligar a adecuar alrededor de unas 80 legislaciones federales que hacen referencia a la nacionalidad mexicana, y enmendar la Ley de Nacionalidad Mexicana de 1993 para reglamentar el ejercicio de los derechos, que la Constitucion brindara a los mexicanos que posean otra nacionalidad."


Informacion adicional:
- Ley de Nacionalidad, publicada en el Diario Oficial de la Federacion el dia 23 de Enero de 1998 (Presidente Ernesto Zedillo Ponce de Leon)

- Reglamento de Licencias, en el Diario Oficial de la Federacion es del 24 de Junio de 2004 (Presidente Vicente Fox Quesada)


Ojala lograra exponer mi creencia de que todo es debido a no adecuar dicho reglamento conforme a las reformas de ley. Esperemos un experto en la materia pueda darnos informacion o una explicacion mas precisa que lo que intente hacer. Respecto a lo mencionado por Capi Diaz creo que el problema de la ley radica en su apreciacion por quienes la imparten y/o aplican en beneficio o perjuicio de los demas. No soy piloto ni estoy en el medio pero me parecio importante compartir esto con ustedes. Saludos.
 
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Dream Liner

Well-Known Member
Bleuprofond,

Anteriormente como bien mencionas, se perdía la nacionalidad Mexicana al aceptar la nacionalidad de otro país, por esa razón muchos mexicanos emigrados a los EEUU no se hacían ciudadanos de ese país y vivían sin poder ejercer ciertos derechos como el voto por ejemplo.
Para aliviar en parte dicho problema el gobierno mexicano quitó dicha restricción, no se exactamente cuando. Recuerdo que el consulado de México en San Diego emitió un comunicado indicando que ya no era necesario informar la aceptación de otra ciudadanía diferente a la Mexicana pues ya no había restricción. Lo anterior hará cosa de tres años si mi memoria no me falla. Claro tómese con cautela, tampoco soy experto en el tema.


Saludos

Dream Liner 7E7
 

pelonsifero

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Mejor preguntarle a algun abogado en el tema, creo yo. Estaria interesante saber en que termino todo. Eso de EASA a DGAC suena interesante aunque bastante caro.
 
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