Hola muy buen día. Quiero abrir este foro con la intención de poder conocer más sobre las regulaciones en México sobre volar procedimientos PBN. Hablando de equipos que son de uso privado no comercial.
Leí la CO AV-11/09. Que habla de especificaciones para implementación de PBN en México y solo se especifica para concesionarios permisionarios u operador aéreo. Mi caso es que estoy volando un equipo que cumple desde RNAV5 hasta RNP APCH. Pero al ser XB, ¿qué sería lo necesario para estar “legal” y volar rutas y aproximaciones PBN?
Hola Eduuaardog,
PBN - Performance Based Navigation tiene la virtud de ser más inclusiva que el "RNAV" anterior. En general consiste en establecer un mínimo de rendimiento requerido para hacer "un" tipo de navegación. Lo que hace es dividir las diferentes etapas de vuelo según el rendimiento requerido en esta etapa. Ej. RNP1, RNP3, RNP.3, donde el número establece el "ancho" de la precisión de navegación.
OJO RNAV 5 no es lo mismo necesariamente que PBN, ya que PBN requiere de un monitoreo constante del estatus de tu navegador. Típicamente esto se muestra como un RNP (Required Navigation Performance en la etapa de vuelo en la que te encuentras) junto con un comparativo de un EPU (Estimated Position Uncertainty, que dice tan exacto cree tu sistema que está en ese momento) en tus instrumentos.
PBN trabaja bajo la premisa de que existen diferentes tipos de navegadores (GNSS, IRU, DME/DME, VOR/DME) que pueden mantener un cierto nivel de precisión en su funcionamiento. Así que si durante el trayecto del vuelo pierdes tus GNSS podrías seguir navegando en PBN y hacer procedimientos RNP sin GNSS; siempre y cuando el procedimiento (STAR, SID o APP) no requiera de al menos un GNSS.
Si, efectivamente tu avión tiene equipo PBN instalado desde fábrica el dueño del avión básicamente es el operador y podrías utilizarlo. No está explicito todavía si los XB van a requerir un "LOA" o un oficio.
Lo importante a considerar en este caso es que GPS, GNSS, RNAV no son lo mismo que PBN.