Hola que tal me parece que esta pregunta constantemente se repite en el foro alomejor una buena idea seria dejar las vigencias de las licencias y de los examenes medicos en un post para que se este a la vista. Pero con gusto les pongo los artículos:
Del reglamento de licencias, permisos
CAPÍTULO II. DEL PERSONAL DE VUELO
SECCIÓN I. DE LA CLASIFICACIÓN DE LICENCIAS PARA EL PERSONAL DE VUELO
ARTÍCULO 46.- El personal de vuelo está formado por la tripulación de vuelo y la tripulación de sobrecargos.
Las licencias para el personal de vuelo se clasifican en:
I. Piloto de aeronave de ala fija:
a) Privado;
b) Agrícola;
c) Comercial, y
d) De TPI.
II. Piloto de helicóptero:
a) Privado;
b) Agrícola;
c) Comercial, y
d) De TPI.
III. Piloto de aerostato:
a) Privado de vuelo libre;
b) Privado de vuelo dirigido;
c) Comercial de vuelo libre, y
d) Comercial de vuelo dirigido.
IV. Piloto de aeronaves ultraligeras:
a) Privado, y
b) Comercial.
V. Piloto de planeador.
VI. Sobrecargo, y
VII. Otras que determine la Autoridad Aeronáutica de conformidad con los tratados internacionales suscritos
por México.
ARTÍCULO 39.- Las licencias del personal técnico aeronáutico, tendrán la vigencia que se especifique en los
mismos, de acuerdo con lo siguiente:
I. Para el personal de vuelo y controladores de tránsito aéreo clases I, II y III será de veinticuatro meses
hasta los cuarenta años de edad, a partir de la cual será de doce meses.
II. Para el demás personal de tierra será de veinticuatro meses.
REGLAMENTO DEL SERVICIO
DE MEDICINA PREVENTIVA
EN EL TRANSPORTE
Artículo Octavo.- Con el fin de definir los requisitos médicos de Aptitud Psicofísica aplicables al Personal
Técnico Aeronáutico y, debido a la similitud que exi ste en los requisitos médicos, éstos se clasifican en 4
grupos:
GRUPO 1.- INTEGRADO POR:
a) Piloto comercial de aeronave de ala fija;
b) Piloto comercial de aeronave de ala rotativa, y
c) Piloto de transporte público ilimitado de ala fija o de ala rotativa.
GRUPO 2.- INTEGRADO POR:
a) Piloto privado de aeronave de ala fija o ala rotativa;
b) Piloto agrícola de aeronave de ala fija o ala rotativa;
c) Piloto de aerostato privado o comercial de vuelo libre o dirigido;
d) Piloto de aeronaves ultraligeras privado o comercial, y
e) Piloto de planeador.
GRUPO 3.- INTEGRADO POR:
a) Personal de tierra, excepto el señalado en el grupo 4, y
b) Sobrecargo.
GRUPO 4.- INTEGRADO POR
a) Controlador de tránsito aéreo en todas sus clases.
Artículo Noveno.- El Personal Técnico Aeronáutico de los Grupos 1 y 4 deberán someterse a un Examen
Psicofísico Integral, a efecto de evaluar su Aptitud Psicofísica para realizar un desempeño seguro y eficiente
de las atribuciones que su Licencia Federal le confiera, con una periodicidad de un año los menores de
cuarenta años, y cada seis meses a partir de los cuarenta años cumplidos.
El Personal Técnico Aeronáutico de los Grupos 2 y 3 deberá someterse a un Examen Psicofísico Integral,
a efecto de evaluar su Aptitud Psicofísica para realizar un desempeño seguro y eficiente de las atribuciones
que su Licencia Federal le confiera, con una periodicidad de un año los menores de cincuenta años, y cada
seis meses a partir de los cincuenta años cumplidos, con excepción de sobrecargo, que se deberá someter a
un Examen Psicofísico Integral con una periodicidad de un año, independientemente de la edad.
La constancia de aptitud psicofísica emitida para el Grupo 1 podrá avalar la aptitud psicofísica para los
Grupos 2, 3 y 4, así como la del Grupo 2 podrá avalar la del Grupo 3.
Saludos