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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que el servicio de internet es básico para el desarrollo del país, tanto como la luz, el agua o el drenaje.
Por ello, determinó exentar del impuesto especial sobre producción y servicios a quienes prestan el servicio de internet mediante una red fija o móvil prestada por una red de telecomunicaciones.
De esta manera rechazó un amparo presentado por una empresa que había denunciado que este trato fiscal diferenciado era inconstitucional
http://excelsior.com.mx/index.php?m=nota&seccion=seccion-nacional&cat=1&id_nota=816666
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Por ello, determinó exentar del impuesto especial sobre producción y servicios a quienes prestan el servicio de internet mediante una red fija o móvil prestada por una red de telecomunicaciones.
De esta manera rechazó un amparo presentado por una empresa que había denunciado que este trato fiscal diferenciado era inconstitucional
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