Embargo a Aeropuerto de Tijuana

bleuprofond

Well-Known Member
Hola, buenas noches... aqui les dejo la informacion sobre el embargo que se efectuo al Aeropuerto de Tijuana por parte de La Secretaría de Finanzas y la Consejería Jurídica Municipal. Saludos.

Fuente: http://mx.news.yahoo.com


Tijuana, 20 Oct. (Notimex).- Autoridades locales mencionaron que el embargo al Aeropuerto Internacional de Tijuana sólo contempla zonas no vinculadas al servicio de aviación, como aquellas con las que lucra, por lo que ninguno de los pasajeros ni las áreas de operación aeroportuaria serán afectadas.

La Secretaría de Finanzas y la Consejería Jurídica municipal realizaron hoy una notificación de embargo a la terminal aérea por un adeudo de casi 300 millones de pesos de impuesto predial. En conferencia, el titular de la Secretaría de Gobierno municipal, Raúl Corona Sesma, dijo que el pasado mes el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del estado dictó sentencia en pleno declarando causante al aeropuerto local.

Indicó que desde que se le comenzó a requerir el pago del impuesto predial al aeropuerto Internacional, en el año 2000, no ha cubierto esta obligación y que por lo mismo podría considerarse como evasor fiscal. Abundó que de casi tres millones de metros cuadrados que posee el aeropuerto, sólo se señalaron los espacios comerciales y estacionamiento asentados en tres mil 200 metros cuadrados.

Mencionó que ya fue notificada la Bolsa de Nueva York, donde el Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) tiene acciones del embargo, así como a las instituciones bancarias con cuentas a favor del aeropuerto como cheques y ahorros. Asimismo los fideicomisos se encuentran sujetos a embargo y las rentas que de quienes alquilan los locales comerciales del aeropuerto, todo ello para garantizar el crédito fiscal que es patrimonio de los tijuanenses.

Detalló que el total asciende a 269 millones 228 mil 783 pesos con 18 centavos y cada día continúan acumulándose los recargos, y aclaró que la acción quedará extinta una vez que liquiden los directivos del GAP.
 

FER

Well-Known Member
Y pense que los aeropuertos eran publicos y del gobierno.. Aja... siii... hahaha..
 
Y si no son propiedad federal.....¿por que friegan tanto si tomamos unas fotitos adentro o muy cerca del mismo?

Mi querido Mexico
 

Moy206

Well-Known Member
Aaa..! ayer hubo algunos medio de comunicació en el aeropuerto de Tijuana, no me explicaba porqué fueron, creo que esta ha de ser la razón....
 

bleuprofond

Well-Known Member
Geramador... cierto, son zona federal pero existe una parte legal por ahi que es muy interesante.

Como el aeropuerto es zona federal y por ende pertenece a un nivel de gobierno esta exento del pago de impuestos y por lo tanto no podria ser embargado asi como el mismo predio. Esta situacion se puede dar (el embargo, señalamiento de bienes y/o requerimiento) en base a que quien administra el aeropuerto no es el gobierno, es un tercero (en este caso a traves de una concesion federal).

Como este tercero no es siquiera una dependencia o un organismo desconcentrado o descentralizado o cualquier otra modalidad similar, entonces aqui se esta obteniendo un un beneficio por el arrendamiento o concesion del predio. Por ello es que estan requiriendo a quien esta sacando provecho del mismo, mismo caso del Aeropuerto de Guadalajara que esta siendo requerido por el Municipio de Tlajomulco de Zuñiga donde por medio de un amparo legal el GAP evito el embargo por parte de las autoridades.

Pero segun me entere, en el Aeropuerto de Guadalajara el procedimiento de embargo por el Ayuntamiento de Tlajomulco seria en su momento en las areas comerciales, no en la torre de control, pistas y areas comunes de la misma, salas de espera, oficinas de la comandancia del aeropuerto o cualquier otro lugar en el inmueble que tenga que ver con la operación del mismo. De esta manera requirieron a los locales comerciales en la zona comun les requirieron la presentacion de su licencia municipal, no asi en el area de las salas de espera donde el acceso hasta donde se les fue restringido y para no hacer mas "alboroto" quedo asi de momento.

Como ejemplo... el Articulo 93 de la Ley de Hacienda Municipal en el Capitulo IV correspondiente al Impuesto Predial indica al respecto:

Artículo 93.‑ Son sujetos de este impuesto:

I. Los propietarios, copropietarios y condóminos de predios;
II. Los titulares de certificados de participación inmobiliaria o de cualquier otro título similar;

III. Los fideicomitentes y los fideicomisarios, según el caso;

IV. Los titulares de los derechos agrarios sobre la propiedad ejidal o comunal, de conformidad con el libro segundo, capítulo sexto, de la Ley Federal de la Reforma Agraria; así como los propietarios o poseedores, a título de dueño, de las construcciones permanentes que se hagan en predios ejidales o comunales;

V. Quienes tengan la posesión, a título de dueño o útil, de predios;

VI. Los poseedores que, por cualquier título, tengan la concesión del uso y goce de predios de dominio del Estado, de sus municipios o de la Federación;

VII. Los poseedores de bienes vacantes, mientras los detenten;

VIII. Los usufructuarios; y

IX. Los propietarios de predios donde se ubiquen plantas de beneficio, establecimientos mineros y metalúrgicos, en los términos de la legislación federal de la materia.

Una disculpa si no lo se expresar de la manera correcta o me falta por ahi algun dato pero esa situacion es la base por la cual estan procediendo a requerir los pagos de predial en aeropuertos recientemente. Ojala alguien que si sea abogado me pueda corregir o nos de la informacion mas precisa en los terminos ya que es como el juego del gato y el raton... uno corre y cuando parece que el otro lo alcanza dan vueltas las cosas, y al reves, etc.

Saludos.
 
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