Fuete : El UniversalY EN LO que hace al concurso mercantil de Aviacsa, la aerolínea regiomontana que preside Alejandro Morales Mega, aún se está en la fase de nombrar al conciliador por parte del IFECOM que lleva Luis Manuel Méjan. Como le había platicado, dado que es una empresa concesionada, SCT tiene mano para asignar a su candidato. Le puedo adelantar que esta semana podría ser designado el responsable. Para ser exactos entre mañana y el miércoles. La aerolínea fue suspendida por SCT que lleva Juan Molinar Horcasitas para poder volar y la idea es que bajo el estatus ya otorgado por un juez de Monterrey, se reestructuren pasivos por unos 200 millones de dólares.
Van Heslinguna pregunta a los foristas, desde el dia 01 de noviembre se nos dio de baja en el imss a los empleados de aviacsa y segun escuche al pasar 58 dias dado de baja ya no podria demandar a la empresa en caso de que esto se ponga mas fea la cosa (si es que se puede ) es cierto eso, ya que los juzgados se van de vacaciones el dia 15 de diciembre y los 58 dias se cumplen el 28 de diciembre y no se podria hacer nada en esos dias. ojala me puedan aclarar la duda sobre todo los que al parecer estan mas empapados en cosas legales, y espero no causar molestias a nadie con mi pregunta
saludos y gracias de antemano
Solo haciendo una aclaracion; el plazo de prescripción para demandar a la empresa es de dos meses, el art. 518 de la Ley Federal del Trabajo asi lo estipula, Y cuando hay un permiso sin goce de sueldo mayor de ocho dias es normal que se presente una baja ante el IMSS, ya que para el pago de las cuotas del IMSS solo te pemite meter ocho dias como maximo en el mes como permiso sin goce de sueldo y la emprese tendria que pagar las cuotas correspondientes de los dias restantes del periodo ante el IMSS a un que no te haya pagado tu sueldo.Van Hesling
La cancelación de la inscripción en el IMSS a un empleado no es un comprobante de cancelación de la relación laboral ni te impide demandar a la empresa. En un juicio laboral, la carga probatoria es del patrón, por lo tanto, el patrón tiene que comprobar que tu ya no estuviste dispuesto a trabajar. En este caso, espero que hayas guardado una copia de la solicitud de permiso sin goce de sueldo que te hicieron firmar, ya que esa es una muestra de que Aviacsa reconoce que la relación laboral persiste.
Lo único en lo que afecta la baja en el IMSS es que la empresa ya se está metiendo en mas problemas, porque a la hora que tu demandes, no solo tendría que pagarte a ti los salarios caidos, etc., sino que también tendrá que pagar al IMSS las cuotas vencidas mas recargos, etc. Mientras la empresa no tenga una carta de renuncia firmada por ti, una aceptación de finiquito o un acta de abandono, no tiene manera de probar que no trabajaste con ellos.
Los 58 días (hasta donde yo se), es el plazo que tienes para demandar una vez firmados esos documentos o en el caso del IMSS, el periodo que tienes servicio medico posterior a la rescisión de la relación laboral.
No soy abogado laboral, pero trabaje varios años con unos, asi que creo que mas o menos estoy bien informado (un poco empolvado).
No eres experto en temas laborales pero haces recomendaciones como si lo fueras... tons en qué quedamos?Scarface,
Es.
No soy experto en temas laborales, pero tengo entendido te dan de baja en el IMSS ya se considera que la relacion laboral termina y entonces si, tienes esos 58 dias para iniciar el proceso de demanda laboral. (ademas, un permiso sin goce de sueldo no requiere baja ante el IMSS).
La verdad la veo venir: el 1 de enero los trabajadores que siguen al pie del canion no estarian en posicion de pedir indemnizacion.
Amigos de Aviacsa, el tiempo corre, ya es 2 de diciembre.
no viejo yo no se de 58 dias el tiempo para interponer una demanda en ese caso creo procede un amparo es de 45 dias no se si naturales o habiles abusado mejor esesorate con un abogado y no dejes pasar el tiempouna pregunta a los foristas, desde el dia 01 de noviembre se nos dio de baja en el imss a los empleados de aviacsa y segun escuche al pasar 58 dias dado de baja ya no podria demandar a la empresa en caso de que esto se ponga mas fea la cosa (si es que se puede ) es cierto eso, ya que los juzgados se van de vacaciones el dia 15 de diciembre y los 58 dias se cumplen el 28 de diciembre y no se podria hacer nada en esos dias. ojala me puedan aclarar la duda sobre todo los que al parecer estan mas empapados en cosas legales, y espero no causar molestias a nadie con mi pregunta
saludos y gracias de antemano
Hola capitain buenas noches :alguien sabe de las nuevas de aviacsa
hoy habia junta informativa no?
la gente que trabaja en aviacsa ...
No hivce alguna recomendacion en firme, pero... si he de hacer una es simple: ASESORENSE.No eres experto en temas laborales pero haces recomendaciones como si lo fueras... tons en qué quedamos?