Corte rechaza amparar a Aeropuerto de Cancún; buscaba evitar multa de Cofece
México / 14.05.2025 20:49:09
La primera sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar al Aeropuerto de Cancún, el cual buscaba que se declararan inconstitucionales diversos artículos de la Ley Federal de Competencia Económica con el propósito de tumbar la multa de 72 millones 540 mil pesos que le fue impuesta por prácticas monopólicas.
Por unanimidad, la Sala determinó que los preceptos impugnados no son inconstitucionales, por lo que el asunto será regresado a un Tribunal Federal para que resuelva temas de legalidad y determine si mantiene la multa impuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (
Cofece).
¿Qué se sabe acerca del caso?
En agosto de 2019, la Cofece resolvió que el aeropuerto cometió una práctica monopólica relativa, conocida como negativa de trato, a través de la cual impidió que nuevos concesionarios de taxis brindaran servicio en dicha terminal aérea. Por ello le impuso una multa.
En el expediente DE-008-2016 y acumulado, se acreditó que desde febrero de 2010 y al menos, hasta abril de 2018, el aeropuerto se había rehusado a proporcionar el servicio de acceso a determinados agentes mediante las siguientes acciones:
Emitir opiniones negativas para evitar que los interesados en entrar al mercado pudieran obtener el permiso ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
En un caso, a pesar de que el posible entrante obtuvo el permiso respectivo, se rehusó, sin causa justificada y de manera unilateral, a suscribir el contrato de acceso y arrendamiento que solicitó.
Según estimaciones de la Comisión, esta conducta generó un daño al mercado calculado en más de 98 millones de pesos, que resultó en un sobreprecio promedio estimado de 8%, y que afectó varios millones de viajes.
¿Cómo se desarrolló la búsqueda del amparo?
El aeropuerto promovió un juicio de amparo indirecto contra la resolución y contra tres artículos de la Ley Federal de Competencia Económica, con los que se fundó el procedimiento de investigación y la sanción:
Artículo 54, fracción III
Artículo 56, fracción V
Artículo 85, fracción III
En primera instancia, el juez de Distrito negó el amparo respecto a las normas reclamadas, pero lo concedió en contra de la resolución sancionatoria de la Cofece. Ambas partes recurrieron, y el caso llegó a la Corte.
Hoy, la ministra Margarita Ríos Farjat propuso negar el amparo contra los artículos impugnados al considerar que no generan inseguridad jurídica ni se rebatieron todos los argumentos del juzgado de origen, por lo que se confirmó la sentencia recurrida en primera instancia.
Asimismo, la Sala reservó jurisdicción al Tribunal Colegiado del conocimiento para que resuelva los demás agravios de las revisiones principales y adhesivas, entre ellas, la multa.
fuente y link:
Se determinó que un Tribunal Federal definirá si debe pagar 72 millones de pesos por no permitir la entrada de concesionarios de taxis.
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