Jeje Lo acabo de encontrar
Hola que tal compañero Triple 7, de casualidad no sabes especificamente en que parte viene ?? porque lo he buscado pero no lo encuentro.
Saludos y Gracias
Lo encontre en la pagina de SCT en la seccion de Medicina Preventiva les paso el link:
http://www.sct.gob.mx/uploads/media/Reglamento_DGPMPT_01-09-2010_01.pdf
para que lo tengan a la mano y el articulo que hace mencion a esto es el siguiente:
Artículo Octavo.- Con el fin de definir los requisitos médicos de Aptitud Psicofísica aplicables al Personal
Técnico Aeronáutico y, debido a la similitud que exi ste en los requisitos médicos, éstos se clasifican en 4
grupos:
GRUPO 1.- INTEGRADO POR:
a) Piloto comercial de aeronave de ala fija;
b) Piloto comercial de aeronave de ala rotativa, y
c) Piloto de transporte público ilimitado de ala fija o de ala rotativa.
GRUPO 2.- INTEGRADO POR:
a) Piloto privado de aeronave de ala fija o ala rotativa;
b) Piloto agrícola de aeronave de ala fija o ala rotativa;
c) Piloto de aerostato privado o comercial de vuelo libre o dirigido;
d) Piloto de aeronaves ultraligeras privado o comercial, y
e) Piloto de planeador.
GRUPO 3.- INTEGRADO POR:
a) Personal de tierra, excepto el señalado en el grupo 4, y
b) Sobrecargo.
GRUPO 4.- INTEGRADO POR
a) Controlador de tránsito aéreo en todas sus clases.
Artículo Noveno.- El Personal Técnico Aeronáutico de los Grupos 1 y 4 deberán someterse a un Examen
Psicofísico Integral, a efecto de evaluar su Aptitud Psicofísica para realizar un desempeño seguro y eficiente
de las atribuciones que su Licencia Federal le confiera, con una periodicidad de un año los menores de
cuarenta años, y cada seis meses a partir de los cuarenta años cumplidos.
El Personal Técnico Aeronáutico de los Grupos 2 y 3 deberá someterse a un Examen Psicofísico Integral,
a efecto de evaluar su Aptitud Psicofísica para realizar un desempeño seguro y eficiente de las atribuciones
que su Licencia Federal le confiera, con una periodicidad de un año los menores de cincuenta años, y cada
seis meses a partir de los cincuenta años cumplidos, con excepción de sobrecargo, que se deberá someter a
un Examen Psicofísico Integral con una periodicidad de un año, independientemente de la edad.
La constancia de aptitud psicofísica emitida para el Grupo 1 podrá avalar la aptitud psicofísica para los
Grupos 2, 3 y 4, así como la del Grupo 2 podrá avalar la del Grupo 3.
Saludos y espero les sirva